16 Jun 21
AYUDAS EXTRAORDINARIAS DIRECTAS PARA LA SOLVENCIA EMPRESARIAL (RDL 5/2021)
FINALIDAD:
La ayuda se destinará al pago de deudas y no podrá superar el importe de la deuda acreditada.
Si se tributa por módulos se podrán recibir hasta 3.000€, el resto de empresas y profesionales entre 4.000 y 200.000€.
Deben estar incluidas en los CNAEs publicados.
PLAZO:
La inscripción debe hacerse entre el 21 y el 30 de Junio.
REQUISITOS:
Pueden realizar la solicitud los profesionales y empresas:
• Con actividad económica en Cataluña durante el 2019 y 2020, y que continúen ejerciendo en la actualidad.
• Que tengan deuda acreditada y
o Que apliquen el régimen de estimación objetiva (módulos)
o Resto de profesionales y empresas que acrediten un descenso de la actividad de más del 30% en el 2020 con respecto al 2019 y que su deuda sea superior a 4.000€
TRÁMITE:
Puede realizarse directamente en el portal gen.cat/ajutssolvencia o bien solicitar información y honorarios por la tramitación desde RGI:
Teléfono: 93.349.80.80
e-mail: rubiogestion@rubiogestion.com