27 May 19
El Ministerio de Trabajo publicó la semana pasada en su web una detallada guía destinada a los empresarios para ayudarles a implantar los sistemas de registro de la jornada diaria de sus empleados, que son obligatorios desde el pasado 12 de mayo. Pero además de esta guía, la dirección de la Inspección de Trabajo ha elaborado también un Criterio técnico sobre la actuación en materia de registro de jornada para los propios inspectores y subinspectores, a cuyo borrador ha accedido este periódico, y que aclara algunas de las pautas que seguirán estos funcionarios a la hora de exigir el control horario. Los últimos datos oficiales indican que en 2018 había 944 inspectores de Trabajo y 828 subinspectores, pero la ministra de Trabajo en funciones, Magdalena Valerio, anunció el año pasado que esta plantilla se reforzaría con 833 nuevas plazas de inspectores y subinspectores en los próximos cinco años. La primera cuestión que precisa este documento es que los inspectores deben tener claro que “la llevanza del registro de jornada no es una opción para el empresario, sino que se trata de un deber” incluido en la ley. Los criterios de actuación marcados piden inicialmente a los inspectores y subinspectores que exijan que los registros se ubiquen “físicamente en el centro de trabajo y no en otros lugares como asesorías u oficinas centrales”. Por tanto, no podrán ser las gestorías o empresas auxiliares subcontratadas que realicen la contabilidad o administración de las empresas las que custodien los registros durante los cuatro años que exige la nueva normativa. Estos datos tampoco se podrán conservar en la sede central de la compañía, sino en cada centro de trabajo, sucursal u oficina. (cincodias.com)